¡Otra vez los periodistas desinformando!
- Hernán Tena
- 31 jul 2017
- 3 Min. de lectura
Fotografías: Javier Alexander Rosero
Pereira, 31 de julio de 2017
Señor Desinformante Editorial El Diario Pereira
Apreciado Periodista
En un país como el nuestro, es común que personas ajenas a la educación y que poco conocen de la misma, desinformen y denigren de la labor docente que cumplen los educadores día a día. Y es que el objetivo de su columna es evidente, pues la ira que acompaña sus falacias logra demostrar el vacío investigativo en materia de educación que usted posee.
No es que los maestros no quieran trabajar, es que el gobierno no quiere cumplir, recuerde que el dinero del retroactivo está hace más de 30 días en el municipio de Pereira y el Sindicato de Educadores agotó todas las instancias antes de convocar a operación cobro. El paro anterior tampoco duró más de un mes, pues usted no puede contar vacaciones, semana institucional y días no hábiles, es de entender que no conozca esta información, pues no está vinculado al sector educativo.
Por otro lado, si es inaceptable que después de tantos días de levantado el paro, el gobierno nacional aún no apruebe propuesta para recuperar tiempo, pues los docentes están listos para hacerlo pero no reciben respuesta y en estos momentos los únicos perjudicados son los estudiantes. También es evidente que usted no tiene familiares en el colegio, y si los tiene, poco le importa que no vayan al día en su plan de estudios.
La Secretaría de Educación si manifestó que ya los dineros estaban, también explicó que el problema era técnico, sin embargo, no son los docentes quienes tienen que pagar por estas inconsistencias, pues lo que está en juego son 150 días de salario y ya se ha tenido suficiente paciencia.
Yo quisiera saber usted qué haría si le debieran cinco meses de retroactividad, pues a sus ojos, la demora es fácil de comprender y quiere aducir la culpa de la pérdida de clases a los docentes, cuando esto no pasaría si el gobierno cumpliera. La tozudez e incomprensión viene por parte del gobierno, pues en tres ocasiones le incumplió a los líderes sindicales, ¿acaso eso no es una falta de respeto?
Yo quisiera saber usted qué haría si le debieran cinco meses de retroactividad, pues a sus ojos, la demora es fácil de comprender y quiere aducir la culpa de la pérdida de clases a los docentes, cuando esto no pasaría si el gobierno cumpliera. La tozudez e incomprensión viene por parte del gobierno, pues en tres ocasiones le incumplió a los líderes sindicales, ¿acaso eso no es una falta de respeto?
Lo que va quedando de columnas como las suyas, es un desprestigio mayor a la labor periodística. Es falso que los docentes no quieran trabajar, tampoco es verdad que laboren nueve meses al año y menos que la jornada laboral sea menor a la completa. Es aún más grave que acuse a estos profesionales de recibir más primas, privilegios salariales y aumentos que cualquier trabajador. Sería interesante que usted le recuerde a la comunidad cuáles son esos paros recurrentes de tres meses y cómo un docente con la actual legislación que cumple ya 15 años puede llegar a tener dos pensiones.
La jornada normalmente es de seis horas con estudiantes, las dos horas que según usted hacen falta, se cumplen planeando clases y calificando en promedio 200 trabajos por profesor (dos horas no es suficiente). Por otro lado, el calendario escolar inicia alrededor del 15 de enero y termina la segunda semana de diciembre, hay dos semanas de vacaciones en junio y la Semana Santa a la que tiene derecho todo trabajador. ¿Cuántos meses son? ¡Haga usted mismo la cuenta!
Mi estimado periodista, es importante investigar un poco de legislación educativa antes de escribir, no puede ser posible que producto de sus falacias y objeto de desinformar, usted desprestigie uno de los pocos periódicos físicos que quedan en la ciudad de Pereira. Recuerde que su labor debe ser informar, no desinformar; y que la imparcialidad da nota de su profesionalismo.
Le podría interesar:
1. Decreto 1290 de 2009: http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-187765_archivo_pdf_decreto_1290.pdf
2. Decreto 1278 de 2002: http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-86102_archivo_pdf.pdf
3. Decreto 1850 de 2002: http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-103274_archivo_pdf.pdf
4. Ley 115 de 1994: http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf
5. Decreto 982 de 2017: http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20982%20DEL%2009%20DE%20JUNIO%20DE%202017.pdf
6. Decreto 2277 de 1979: http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-103879_archivo_pdf.pdf
7. Resolución 09317 de 2016: https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-357013_recurso_1.pdf
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