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WhatsApp y otras redes: ¿todo lo que envíe será usado en su contra?

Por: Silvia Margarita Rugeles.

Hoy les quiero hablar de un tema que, aunque de vieja data y práctica en los Estados Unidos, en Colombia pocos saben que existe o, mejor dicho, que ocurre. Un tema que con el veloz paso de los años se torna más sensible, especialmente ahora en tiempos de avances digitales cada vez más sorprendentes. Un tema que podría convertirse en un gran dolor de cabeza para incautos y desprevenidos, ciudadanos de la calle, gente del común. Algo que podría cambiarle la vida en un abrir y cerrar de ojos, con simplemente teclear el traicionero ENTER. Voy al meollo del asunto: desde 1977 los Estados Unidos de Norteamérica tienen una política legislativa anticorrupción de alcance global, agresiva e invasiva. Mediante la expedición de la ley "Foreing corrupt Practices Acts" (FCPA) es posible que usted, señor lector, infrinja normas norteamericanas, aún si se encuentra parado en territorio colombiano mientras hace uso de una de las tantas plataformas digitales y de las redes sociales.

La evolución jurisprudencial de dicha ley "gringa" permite que hoy en día, el uso del correo electrónico, cuentas bancarias, líneas telefónicas y aplicaciones como WhatsApp, cuyas centrales o servidores se encuentren en los Estados Unidos, pueda ser considerado por el Departamento de Justicia norteamericano como una modalidad de uso del suelo de ese país para la comisión de un acto delictual, como por ejemplo un soborno. Pero si el soborno se paga en dólares americanos con mayor razón. Y con mayor rigor.

Y es que casos se han visto. En el 2011 tres directivos de la compañía telefónica húngara "MAYGAR TELEKOM", residentes en Budapest, fueron demandados por la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos por haber violado la ley FCPA. Para este caso se alegó, que los ejecutivos habían utilizado correos electrónicos que transmitieron ofertas de sobornos a funcionarios públicos para la concesión de contratos y permisos, los cuales fueron guardados en servidores instalados en territorio norteamericano. Finalmente, "MAYGAR TELEKOM" se vio obligada a pagar una multa de US$63.9 millones al Departamento de Justicia y US$ 31.2 a la Comisión de Bolsa y Valores.

Igual había sucedió con SIEMENS, en 2008, cuando el Departamento de Justicia alegó que Directivos de la multinacional con sede en Alemania, utilizaron una cuenta corriente de un banco americano para el pago de un soborno, correos electrónicos cuyas sedes se encontraban en los Estados Unidos y el uso de líneas telefónicas americanas para la comunicación y desarrollo de actos de corrupción, a fin de que le fueran adjudicados contratos de telecomunicaciones, redes eléctricas, equipos médicos entre otros. SIEMENS  se declaró culpable y terminó pagando US$ 800 millones al Departamento de Justicia y a la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos.

Teniendo en cuenta que las investigaciones más importantes que en la actualidad se adelantan en Colombia por grandes escándalos de corrupción, vienen siendo impulsadas por el Departamento de Justicia y la DEA, no deberá sorprendernos que con base en la mencionada Ley FCPA, las Cortes Federales estadounidenses emitan fallos judiciales que repercutirían  directamente en nuestro ordenamiento penal.  En ese caso, bastaría entonces con tramitar el EXAQUATUR, que es, nada más y nada menos, una autorización judicial en Colombia para que tenga inmediato efecto jurídico, asegurando de esa forma el efectivo cumplimiento de las sentencias extranjeras y, con mayor razón, las que se emitan en las Cortes Federales de los Estados Unidos. No hay que olvidar que en nuestras repúblicas bananeras sigue imperando la cultura del "debemos dar ejemplo ante el resto del continente".

Haciendo uso de un severo catálogo de penas, La FCPA busca prevenir que individuos y corporaciones de su país y del extranjero cometan actos de corrupción. Por ejemplo, para los individuos las sanciones civiles podrán ser de US$ 100.000 y multas de hasta US$ 5 millones con privación de la libertad, además de la devolución de las ganancias ilegítimamente adquiridas. Analizando todo lo que está ocurriendo en nuestro continente, especialmente en Colombia, con casos sensibles como los confesados sobornos de ODEBRECHT, y lo que se está descubriendo en REFICAR y otros, no les quepa la menor duda que dichas sentencias judiciales se implementarán en Colombia. La pregunta es: y la extradición, también operaría como consecuencia de la aplicación de dicha norma?

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Las opiniones expresadas por los escritores o autores no necesariamente representan ideas o pensamientos del Diario la Nube.

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